2024-03-29 [Num. 976]


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Columnistas  - Halajot en la Actualidad

Rav Daniel Shmuels

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Por Rav Daniel Shmuels
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Rav Daniel Shmuels nació en Bogotá, Colombia. Psicólogo de la Universidad Nacional de Colombia, psicoanalista del Lacanian School of Psychoanalysis e hizo sus estudios rabínicos en el Rabbinical College of America. Fue First Assistant Rabbi para Ohev Shalom al igual que para el Chief Rabbinate of Florida. Fundador del Beit Din of South Florida, miembro de los Batei Din of America. Tradujo y editó el libro “Bienvenido al Judaísmo: Una Guía al Judaísmo Básico y la Conversión Judía Ortodoxa”. Actualmente es el Head Rabbi de la Keilá The Private Shul of South Florida.

Mujer y estudio de Torá: Un deber prohibido

2018-02-14

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Técnicamente, de acuerdo a los patrones establecidos por la Halajá, la mujer tiene la obligación de estudiar y aprender Torá por cuanto ese  deber es una Mitzva positiva no sujeta a un momento específico. Este estudio no sólo se restringe a la Torá Shebijtav sino que también incluye toda la Torá Shebealpe; la cual, a su vez, incluye todas las Hiljot que nos rigen como pueblo y no sólo aquellas que les incumben a ellas. Empero, la Halajá legisló en silencio de acuerdo a la opinión expresada en el Talmud por Rav Eliezer y no solamente le quitó a la mujer judía su obligación religiosa de estudiar las Leyes que nos competen a todos sino que le prohibió para siempre acceder a este principio básico de nuestra fe. Hasta nuestros días, cualquier tipo de justificación que exista para promover esta prohibición va directamente en contra de la base fundamental de la hermenéutica Halájica; empero, gracias a esa misma dialéctica dicha prohibición ancestral sigue en pie aún cuando modificada. 

A través de los siglos, nuestros compiladores de Halajá procuraron reducir el espectro de dicha prohibición; sin embargo, el legado de Rav Eliezer dejó una marca que hoy en día se reactiva con la constante negativa del establecimiento Haredi en aceptar de manera pro activa el que las mujeres accedan a instituciones de formación superior para estudios religiosos de manera tal que su posible acceso a posiciones de liderazgo religioso o rabínico se desvanecen en el aire.

A finales del siglo XVIII surge en Europa Central y Oriental el movimiento llamado Haskalah, literalmente sabiduría o erudición, más comúnmente conocido como el iluminismo judío. Este movimiento procura irreversiblemente dos efectos, el primero yace en la adquisición de conocimiento científico, matemático, literario y filosófico a gran escala por parte de los judíos; es decir, la educación formal de un judío no se restringe sólo a estudios religiosos y su vida laboral no es sólo la obtenida por medio de ser aprendiz. Por otro lado, acceder a esa educación lo incorpora activamente dentro del mundo no judío; lo cual, a su vez, lleva a que una gran cantidad de judíos se alejen de la religión y se asimilen a este nuevo mundo. Debido a esto, algunos rabinos contemporáneos consideraron que la única manera de solucionar este problema era promover más estudio de Torá e incluir a las mujeres dentro de ello. De cualquier forma, la legislación de Rav Eliezer, del Rambam y del Shuljan Aruj continuaron y continúan como las legislaciones formales de nuestra Halajá. 

Precisamente en relación con esto, Rav Israel Meir HaCohen Kagan, el Jafetz Jaim, legisla a principios del siglo XX, en Halajot Sota, de la siguiente manera: “La opinión de Rav Eliezer (...) era relevante en diferentes épocas. En tiempos cuando la religión es débil, se les debe enseñar a las mujeres. De lo contrario, abandonarían el camino de Dios. Si el Rambam dijo que se le debe enseñar principios religiosos a un converso, entonces cuánto más esto aplica a alguien que creció dentro de la tradición judía. Por consiguiente, aumentar el concepto de Mitzvot prácticas para incluir (en ese concepto un estudio de Torá sobre Mitzvot prácticas pertinentes a las mujeres que incluya) Torá Oral y Escrita de una manera organizada para que ellas se acostumbren a los principios de fe”.

Lo que el Jafetz Jaim nos está diciendo es que las exigencias de la realidad actual exigen un cambio. Bajo esta misma óptica, a mediados del siglo XX, Rav Zalman Ben Zion Sorotzkin en su Moznsyim La’Mishpat dice: “Antiguamente, los hogares judíos se manejaban de acuerdo al Shuljan Aruj y debido a que se podía aprender Torá gracias a la experiencia no era necesario enseñarles a las hijas con libros. Hoy, se les debe enseñar a las hijas para que aprendan el comportamiento adecuado. No sólo está permitido crear escuelas para niñas sino que es una obligación hacerlo. La única limitación es el estudio de Torá Oral al igual que la dialéctica y el estudio teorético, (...)”. 

Si bien, ambas opiniones procuran una inminente necesidad que la mujer estudie y aprenda Torá, debido a los cambios sociales de momento, ninguna decisión toma en cuenta que efectivamente ese es una Mitzva positiva para una mujer; más aún, ninguna opinión esboza que tal aprendizaje puede ser una necesidad espiritual de la mujer, ni un gol para enriquecer su mundo interno, mucho menos que el amor hacia la fe y la tradición es tal que su más profundo deseo puede ser liderar una comunidad a nivel profesional y proveer decisiones Halájicas.

Dentro de la ortodoxia moderna contemporánea surgen dos opiniones al respecto. La primera es la de Rav Abraham Isaac HaCohen Kook, primer gran rabino Ashkenazi de Israel, registrada en su Iguerot HaRe’ayah donde dice: “La prohibición que una mujer no puede estudiar Torá sólo se aplica para enseñarle, pero ella no está prohibida de aprender por sí misma escuchando”. La segunda es la de Rav Yosef Dov Soloveitchik donde establece que el estudio de Torá por parte de la mujer está permitido de entrada porque ella merece el mismo estatus en conocimiento y desarrollo espiritual que un hombre. La opinión de Rav Soloveitchik no diferencia el contenido de enseñanza a niños y niñas en edad escolar; así mismo, esta opinión sostiene la posibilidad que toda mujer continúe sus estudios religiosos superiores sin exclusión de contenido para obtener un nivel de conocimiento equiparable al de un erudito religioso, un Posek Halájico o un Dayan rabínico.

Como resultado de esta revolucionaria opinión surgen en Israel y Estados Unidos instituciones académicas religiosas superiores para mujeres donde unas pocas obtienen títulos académicos avanzados en Talmud, Tanaj, literatura rabínica y filosofía judía entre otros. De cualquier forma, ninguno de estos títulos son suficientes para ubicarlas en un campo laboral profesional y salarial equiparable al de un rabino o un Posek. Sin embargo, a finales del siglo XX, debido a la gran cantidad de mujeres ortodoxas que desean acceder a una educación superior religiosa y a la posibilidad ya existente en el mundo conservador y reformista para que las mujeres obtengan títulos profesionales religiosos, surge la Yeshiva para mujeres actualmente conocidas como Midrashot de Israel. Estas Midrashot proporcionan un título formal en educación religiosa para mujeres, en donde el aprendizaje es exactamente igual a aquel que se le da a un hombre en una Yeshiva. Halájicamente hablando, estas instituciones toman la opinión de Rav Soloveitchik para validar su legalidad; empero, sostienen firmemente que el estudio de Torá por parte de la mujer es un deber Halájico y una Mitzva positiva a la que toda mujer judía está obligada. Es importante anotar en este punto que esa no es la óptica ni la opinión sostenida por el establecimiento Haredi en relación con mujeres estudiando Torá a dicho nivel.

De cualquier forma, para aquellos que tienen dudas, estas Midrashot no son instituciones que forman parte del así llamado judaísmo conservativo o judaísmo reformista; de hecho, todas las mujeres que asisten a estas instituciones, casadas o solteras, siguen a cabalidad las leyes de Tzniut y Nida, al igual que de las leyes de Kashrut y Shabat. Estas mujeres no pretenden cambiar la base Halájica de las Mitzvot positivas sujetas al tiempo que cambiaría nuestro judaísmo ortodoxo; por ende, no se ponen Talit o Tefilin. Son mujeres judías ortodoxas que aman nuestra fe y nuestra tradición hasta el punto de querer validar un derecho innato a todo judío, a pesar del rechazo del establecimiento Haredi.

El hecho que otras denominaciones hayan implementado, desde su perspectiva, innovaciones que en última instancia dan cuenta de los cambios sociales de nuestro pueblo, no necesariamente tiene que estar tachado como inapropiado desde la Halajá; de hecho, es factible que tales denominaciones hayan leído mejor y más pronto las necesidades de igualdad religiosa dentro de sus congregantes. Tampoco puede ser una excusa nuestros prejuicios frente a lo que claramente es una base fundamental de la hermenéutica Halájica. Entonces; la pregunta que aún a estas alturas nos tenemos que preguntar es, ¿el estudio de Torá es una obligación Halájica para la mujer o solo lo es para el hombre? 



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