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San Miguel: Rezando al son de las campanas

Por: Rabino Eliahu Birnbaum

¿Está permitido rezar en una ciudad llena de iglesias o en una habitación que en una de sus paredes pende una cruz? En virtud de un Shabat en la localidad mexicana de San Miguel, analizaremos la problemática del  cumplimiento de los preceptos del judaísmo en ciudades cristianas.

Hace un par de semanas pasé Shabat en la ciudad mexicana de San Miguel de Allende. Por causa de su belleza, esta ciudad que fue fundada en 1542, fue declarada por la UNESCO patrimonio cultural de la humanidad en el 2008. En la actualidad, San Miguel de Allende es un destino turístico central a nivel internacional, conservando un carácter único que combina la herencia española con la cultura mexicana de un modo auténtico y multicolor.

San Miguel es una ciudad profundamente cristiana. En cada calle y cada esquina nos encontramos con una iglesia. En la plaza central se encuentra la iglesia de San Miguel Arcángel que fue erigida en el siglo XVIII en estilo barroco y se ha transformado en emblema de la ciudad. Desde cada rincón de la ciudad se puede divisar esta gran iglesia. Los campanarios de las diferentes iglesias se escuchan cada quince minutos y estatuas e imágenes de los diferentes santos se encuentran por doquier. 

La estancia en una ciudad tan intensamente cristiana me resultó un tanto   extraña, a pesar de que estoy muy acostumbrado a encontrarme en entornos no judíos. El hotel en el cual me hospedé lleva el nombre de unos de los apóstoles de Jesús, sobre el marco de la puerta de mi habitación pendía una imagen o cuadro de "Santa María" y sobre mi cama había un crucifijo con la figura de Jesús crucificada en él. El viernes por la noche rezamos en la casa de una familia judía sita en la calle Jesús y cuyo frente da en dirección a la iglesia principal. Durante la "Amidá" (plegaria principal que se recita de pie y en silencio), me encontré de pie hacia el Este dirigido a  la distante Jerusalém mas contemplando las cruces de las iglesias cercanas. Durante todo el rezo sonaron las campanas de las iglesias que fueron la cortina musical del Kabalat Shabat y del canto de "Lejá Dodí". 

A raíz de este Shabat comencé a investigar una serie de preguntas fundamentales respecto de la convivencia de judíos y cristianos en la diáspora y en cuestiones halájicas referidas a esta coexistencia: ¿está permitido rezar en una ciudad repleta de idolatría? ¿Se puede rezar en una habitación de una de cuyas paredes pende una cruz? ¿Se puede recitar la "Amidá" dirigiéndose a Jerusalém aunque ello implique pararse de frente a una iglesia o cualquier otro símbolo perteneciente a otra religión que no es la judía? 

Irse de la ciudad

La gran mayoría de los judíos de la diáspora vive actualmente en sociedades mayoritariamente gentiles y cristianas. Por una parte es obvio que los judíos no deben conectarse al cristianismo pero al mismo tiempo no les es posible ignorar los signos cristianos existentes en las diferentes ciudades y países. Esta situación hace que el judío no solamente deba encontrar la manera de mantener buenas relaciones con sus vecinos cristianos y respetar sus creencias sino que además deba ingeniárselas para preservar sus propias creencias judías en el marco de la convivencia con otros credos. A lo largo de las generaciones los sabios del pueblo de Israel procuraron encontrar el camino equilibrado de paz y respeto mutuo entre las religiones. Son conocidos los conceptos del "Nodá Miehudá" quien escribió en el prólogo a su libro de responsa homónimo: 

"Es sabido en todas partes que predico en mis homilías el respeto por las demás naciones en cuyas tierras habitamos actualmente y que es nuestro deber orar por la paz de sus reyes, ministros y ejércitos así como por el bienestar del reino y sus súbditos, y debemos cuidar de no ser desagradecidos con quienes nos prodigan generosamente asilo  manutención en sus dominios… las naciones en medio de las cuales habitamos hoy día comparten con nosotros los principios de la fe, creen en la creación del mundo, en la veracidad de las profecías de los profetas de Israel, en los milagros descritos en la Torá y los libros de los profetas por lo que es doblemente evidente que debemos respetarles y encumbrarles".

Nuestros sabios de bendita memoria nos enseñaron que el sitio donde se reza tiene importancia y es necesario evitar hacerlo en recintos de idolatría. Respecto del versículo de Éxodo 9:29 "En cuanto salga de la ciudad extenderé mis manos al Eterno…" Rashi comenta: "En cuanto salga de la ciudad mas no dentro de la misma ya que estaba llena de imágenes idolátricas". Basándose en el Midrash Shemot Rabá Rashí explica que Moshé no deseaba rezar a Dios dentro del perímetro de la ciudad ya que en esta abundaba la idolatría egipcia por lo que realizó el esfuerzo de cambiar su ubicación geográfica para hacerlo. El Natziv, en una de sus respuestas explica que Moshé normalmente rezaba en alguna de las sinagogas que los judíos habían erigido en tierra egipcia por lo que no le afectaba la profusión de ídolos circundante. Sin embargo, en esa ocasión en virtud de las características particulares de la plaga del granizo quiso rezar fuera (Responsa Meshiv Davar 1:10).

Rabí Israel Isserlen ben Petajiá Ashkenazi (1390-1460) en su Responsa Terumat Hadeshen analiza un caso similar respecto de una persona que viaja a una región no judío que no es apta para rezar. ¿Acaso es preferible que se detenga a la vera del camino y rece en un sitio "neutral"? Basándose en el Midrash antes mencionado señala que si el viajero puede encontrar un lugar en el camino para rezar donde pueda estar libre de molestias o interrupciones es preferible que así lo haga ya que en la ciudad a la que se dirige y en el albergue donde se habrás de hospedar es muy posible que pululen símbolos religiosos ajenos pertenecientes a los lugareños. Empero, si no hay un sitio adecuado en el camino donde rezar deberá hacerlo en el albergue en un rincón en el cual los dueños de casa no le molesten o confundan (inciso 6). Es interesante puntualizar que el autor de esta responsa agregó que "no nos privamos de rezar en cercanía de símbolos religiosos ajenos ya que vivimos en el seno de gentiles y todos sus dominios están llenos de imágenes idolátricas". 

El Ramá sentenció:

"Quien viaja y se encuentra cerca del albergue en caso de poder apartarse al costado del camino en un sitio donde nadie le interrumpa que lo haga allí y no en el hostal gentil para no ser molestado por los dueños de casa, en  caso de poder apartarse a la vera del camino que rece en el albergue en un rincón" (Oraj Jaím 94:69).

Entre rito y recordatorio

El Rabino Moshé Fainstein analiza la posibilidad rezar en una sinagoga contigua a una iglesia y establece que se puede adoptar una actitud flexible y rezar en esta ya que desde su interior no se visualizan los símbolos religiosos ajenos y es claro cual sol de mediodía que quienes se encuentran allí le rezan al únicamente al Kadosh Baruj Hú (Responsa Igrot Moshé, Oraj Jaím 1:47-48).

El fenómeno de crucifijos colgados sobre camas es común en diferentes hospitales y hoteles en los países cristianos. Los juristas contemplaron la situación de rezo en una habitación que exhibe un crucifijo en una de sus paredes. Su conclusión es que de ser posible rezar fuera de tal recinto es preferible pero si no lo es permitido rezar dentro de la habitación en cuestión a condición de que el orante se pare frente a una pared de la que no penda un crucifijo o imagen. Así lo dispone la Mishná Berurá: "Si en la pared oriental hay una imagen prohibida habrá de rezar hacia otra aunque no sea la que da al Este" (Shulján Aruj Oraj Jaím 94:69).

Esta misma autoridad halájica agrega (ídem 29) que en resumidas cuentas lo principal es encontrar un sitio para rezar libre de distracciones por lo que la cuestión de imágenes extrañas en la mayor parte de los dominios donde habitan judíos es inevitable. Recalca que de haber imágenes de este tipo en la pared hacia la que orientamos el rezo es menester girar y hacerlo en otra dirección aunque no sea la de la tierra de Israel. De no ser posible, se puede cubrir la imagen en cuestión para que no sea visible durante la plegaria. (Kaf Hajaím a Oraj Jaím 113:27) o de no mediar alternativa se puede cerrar los ojos durante el rezo (ver Shearim Hametzuianim Bahalajá a Kitzur Shulján Aruj 18:7). Si por alguna razón es imposible rezar en otra dirección y no hay manera de no hacerlo sino frente a una cruz los juristas recomiendan no inclinarse ante esta (ídem 6).

Es interesante resaltar que si bien los objetos de culto cristianos son considerados como instrumentos de idolatría y está prohibido obtener beneficio de los mismos, el autor de Terumat Hadeshen puntualiza que el crucifijo que portan los curas en su vestimenta son únicamente recordatorios por lo que no deben ser considerados idolatría que debe ser proscrita. El Ramá sentenció que "una imagen ante la cual se inclinan es un objeto de idolatría y está prohibido obtener beneficio, mas el crucifijo que se pende del cuello es un recordatorio y no instrumento de idolatría por lo que se permite obtener del mismo beneficio (Shuljan Aruj Ioré Deá 141).

Es sabido que los rabinos Yaakov Meir y Kuk, ambos de bendita memoria, llevaron en sus pechos medallas honoríficas otorgadas por el gobierno gentil y que poseían dibujos de cruces sin considerarlas objetos de culto idólatra ya que es símbolo no había sido acuñado con ese propósito (ver Responsa Iejavé Daat 3:65).

Para finalizar, si bien era consciente del carácter cristiano de la ciudad, la mayoría de sus habitantes no sabían que yo era judío y profesaba otro credo. Caminando por la ciudad, al pasar junto a una iglesia, muchas señoras impresionadas por mi barba y mi kipá se acercaron y me pidieron "¡Padre, Padre, bendígame!" La situación me obsequió una renovada comprensión del versículo que reza: "Y Iosef reconoció a sus hermanos mas estos no le reconocieron".